viernes, 22 de noviembre de 2013

SAN ROBERTO BELARMINO VS. CAYETANOn Roberto

SAN  ROBERTO BELARMINO
De Romano Pontífice, libro II, cap.30
La cuarta opinión es la de  Cayetano,  que dice que el papa manifiestamente herético, no está, ipso facto, excomulgado, pero puede y debe ser excomulgado por la Iglesia. En mi opinión, este punto de vistano puede defenderse. Puesto que salta a la vista que, como se demuestra con argumentos de autoridad y  razón, el hereje manifiesto está excomulgado ipso facto.
El argumento de autoridad se deriva de S. Pablo (Tito, c. 3), que ordena que el hereje debe evitarse después de dos advertencias, es decir, después de manifestarse obstinado, y por lo tanto, antes de ninguna excomunión o sentencia judicial.
Ahora bien, un papa al ser papa no puede ser evitado  porque ¿Cómo podríamos  estar obligados a evitar a nuestra propia cabeza? ¿Cómo podríamos separarnos  nosotros mismos de un miembro que está unido a nosotros ?
Y esto es lo que escribe San Jerónimo, añadiendo que todos los otros pecadores están excluidos de la Iglesia por sentencia de excomunión, mientras que el hereje, por su propio movimiento,  se excluye a sí mismo y se separa del Cuerpo de Cristo.
Este principio es de lo más cierto. El no-cristiano no puede en modo alguno ser Papa, como el mismo  Cayetano admite (lib. c. 26). La razón es que un individuo no puede ser la cabeza de algo de lo que no es miembro, ya que un no cristiano no es un miembro de la Iglesia, y un hereje manifiesto no es cristiano, cosa  claramente enseñada por San Cipriano (lib. 4, Epist. 2), San Atanasio (Scr. 2 cont. Arian.) San Agustín (lib. de los great. Cristo. cap. 20), San Jerónimo (contra Lucifer) y otros, por lo tanto, el hereje manifiesto no puede ser Papa.
A esto, Cayetano responde (in Apol. pro tract. praedicto cap. 25 et in ipso tract. cap. 22) que el hereje no es un  cristiano “simpliciter”, sino es un cristiano “secundum quid”. Puesto que se admite que hay dos cosas que hacen a alguien cristiano – la fe y el carácter bautismal – el hereje, después de haber perdido la fe, de alguna manera permanece unido a la Iglesia y es sujeto capaz de jurisdicción, por lo tanto, el Papa  debe ser removido  [del soberano pontificado], puesto que tiene una disposición, o sea disposición última, para dejar de ser Papa: lo  mismo que un hombre que aún no ha muerto pero está “in extremis” [ a punto de morir].
Una vez más diré: En primer lugar, si  el hereje  se mantiene, “in actu”, unido a la Iglesia en virtud del carácter bautismal,  sería imposible cortarlo o separarlo de la Iglesia “in actu“, porque el  carácter bautismal  es indeleble. Pero nadie niega que cualquier persona  puede ser separada “in actu” de la Iglesia. En consecuencia, el carácter bautismal no hace a un hereje estar “in actu” en la Iglesia, sino es sólo una señal de que  antes estaba en la iglesia y que debe regresar a ella. De manera parecida, cuando una oveja perdida se extravía por el monte, la marca que lleva no señala que esté en el aprisco , sino que indica  de qué aprisco se ha escapado y a qué aprisco hay que devolverla.
Esta verdad está confirmada por Santo Tomás, que dice (Summ. Teología III, q 8, 3.)  que los que no tienen fe no están unidos “in actu” a Cristo, sino sólo potencialmente – y Santo Tomás se refiere aquí a la unión interior, no a la exterior, la cual  se produce por la confesión de la fe y los signos visibles. En consecuencia, como el carácter bautismal  es algo interno, no externo, de acuerdo con Santo Tomás el carácter bautismal por sí solo no une al hombre, “in actu”, a Cristo.
Además,  contra el argumento de Cayetano, o la fe es una disposición necesaria “simpliciter” a la persona para ser Papa, o sólo es necesaria para ser un buen Papa. En el primer caso, esta disposición se elimina por la disposición en contrario, o sea por una herejía, y el Papa inmediatamente deja de ser Papa, ya que la forma no se puede mantener sin las disposiciones necesarias. En el segundo caso, el Papa no podría ser depuesto por herejía, ya que de lo contrario, debería poder ser depuesto también  por ignorancia, inmoralidad y otras causas similares que impiden el conocimiento, la moral y todas las otras disposiciones necesarias  para ser un buen Papa (ad bene esse papae). Además, Cayetano ante esto, reconoce (Tract. Praed., Ca. 26) que el Papa no puede ser depuesto por falta de las disposiciones necesarias,  no [se refiere a las que lo son]“simpliciter”,  que son “ad bene esse”.
A esto, Cayetano responde que la fe es una disposición necesaria “simpliciter”, pero parcialmente, no totalmente, y  por consiguiente, aun cuando su fe desapareciera  seguiría siendo  Papa, debido a que la otra disposición, el carácter bautismal, aún persiste. 
Todavía una vez más, mi argumento sería: o la total disposición, que consiste en el carácter bautismal y la fe, es necesaria “simpliciter”, o no lo es; en este último caso  la disposición parcial sería suficiente. En el primer caso, desaparecida la fe, la disposición necesaria “simpliciter” ya no existe, ya que la disposición “simpliciter”, es la total que se necesita, y la total ya no existe. En el segundo caso, la fe sólo es necesaria “ad bene esse”, y por lo tanto su ausencia no justifica la deposición del Papa. Además, lo que se refleja en la disposición final en la muerte,  es  que deja de existir después de la muerte, sin la intervención de cualquier otra fuerza externa, en consecuencia, es igual de evidente, que el Papa hereje también deja de ser Papa por sí mismo, sin necesidad de ninguna deposición.
Por último, los Santos Padres enseñan unánimemente no sólo que los herejes están fuera de la Iglesia, sino que también están privados ipso facto de cualquier jurisdicción o dignidad eclesiástica. San Cipriano ( Lib. 2, Epist 6) dice: “Afirmamos que el hereje o cismático absolutamente  no tiene ningún poder o derecho”, y enseña también (Lib. 2, Epist 1) que los herejes que quieran volver a la Iglesia deben ser recibidos como laicos, incluso si han sido previamente sacerdotes u obispos de la Iglesia. San Optato (Lib. 1 cont. Parmen.) enseña que los herejes y cismáticos, no pueden tener las llaves del reino de los cielos, ni de atar o desatar. San Ambrosio (Lib. 1 de poenit., Cap. 2), San Agustín (in Enchir., Cap. 65), San Jerónimo (lib. cont. Lucifer) enseñan lo mismo.
El Papa San Celestino I (….. Ep. ad  Antioch, que aparece en Conc. Efes, Tome I cap.19) escribe: “Es evidente que [el excomulgado por Nestorio]  quedó, y sigue estando,  en comunión con nosotros, ya que nosotros no tenemos como excomulgados a todos los que han sido excomulgados o privados de sus cargos, episcopales o clericales, por el obispo Nestorio, o por otros que le sucedieron después de que él comenzara a predicar la herejía. Puesto que  el  mismo que ha merecido ser excomulgado, no puede excomulgar a nadie por su propia sentencia “.
  1. Igualmente, en una carta dirigida al clero de Constantinopla,  elPapa San Celestino I, dijo: “La autoridad de la Sede Apostólica ha determinado que los obispos, clérigos y  simples fieles que han sido depuestos  o excomulgados por Nestorio y sus sucesores después de que él  comenzara a predicar la herejía, no  deben tenerse por depuestos o excomulgados. Ya que alguien que se desvía de la fe con la predicación, no puede deponer o expulsar a nadie. 
San Nicolás I (Ep. ad Michael)  repite y confirma la misma cosa. Por último, Santo Tomás enseña  (S. Theol., II-II, q. 39, a. 3) que los cismáticos pierden inmediatamente toda jurisdicción, y por lo tanto todo lo que hacen relativo a la jurisdicción es nulo. 
No existe ningún fundamento para lo que responden algunos  a esto: es decir que estos padres se basan en una ley anterior, y ahora, por decreto del Concilio de Constanza, sólo aquellos que han sido excomulgados expresamente,  o  que son clérigos, pierden su jurisdicción. Yo digo que este argumento no tiene ningún valor, ya que estos padres, al decir que los herejes pierden cualquier jurisdicción, no se basan en ninguna ley humana tocante a la cuestión, que probablemente ni siquiera existía entonces, sino que argumentaron  fundándose en la propia de la naturaleza de la herejía.
El Concilio de Constanza sólo trata de los excomulgados, es decir,  de aquellos que perdieron su jurisdicción por sentencia de la Iglesia, mientras que los herejes, incluso antes de que sean excomulgados, están fuera de la Iglesia y privados de cualquier jurisdicción. Ya que están condenados por su propia sentencia, como enseña el Apóstol (Tito 3:10-11), fueron cortados del cuerpo de la Iglesia sin  excomunión como afirma san Jerónimo.
Aparte de esto, la segunda afirmación de Cayetano, que afirma que el Papa hereje verdadera y autorizadamente sólo puede ser depuesto por la Iglesia, no es menos falsa que la primera. Porque si la Iglesia depone al Papa en contra de su voluntad, está sin duda por encima del Papa. Sin embargo, el mismo Cayetano, en el mismo tratado, mantiene lo contrario. Cayetano responde a esto que la Iglesia, al deponer al Papa no tiene autoridad sobre el Papa, sino obre el vínculo entre su persona y el pontificado. De la misma manera que la Iglesia, uniendo el pontificado a la persona, no está por encima de la Papa, también la Iglesia  puede separar el pontificado de la persona en el caso de herejía, sin que esté por encima del Papa. 
Pero contra esto, hay que señalar, en primer lugar que, del hecho de que el Papa depone a los obispos, se infiere  que el Papa está en por encima de  los obispos, aun concediendo que el Papa, mediante la deposición de los obispos, no destruye la jurisdicción episcopal, sino sólo la separa de la persona. En segundo lugar, deponer a  cualquiera del pontificado en contra de la voluntad del que es depuesto, es sin dudacastigarle. Pero, castigar es propio del superior o del juez. En tercer lugar, siguiendo a Cayetano y a otros tomistas,  como el todo y  las partes consideradas como un conjunto son realmente la misma cosa, quien tiene autoridad sobre las partes consideradas como un todo, pudiendo separarlas entre sí, también tendría autoridad sobre el todo integrado por las partes.
El ejemplo de los electores, traído por Cayetano, que tienen la facultad de designar a una persona al Pontificado, sin tener el poder del Papa, también carece de valor. Porque cuando  se crea una cosa, el acto se ejerce sobre la materia de la cosa futura, y no en el compuesto, que no existe todavía, pero cuando algo se destruye, el acto se realiza sobre el compuesto. Esto se hace evidente al considerar la naturaleza de las cosas. Por lo tanto, en la creación del Pontífice, los Cardenales no ejercen su autoridad sobre el Pontífice, ya que no existe todavía, sino en la materia, es decir, la persona que se dispone a ser elegida para recibir de Dios la forma del Pontificado. Pero, si deponen al Pontífice, necesariamente ejercen autoridad sobre el compuesto, es decir, sobre la persona con el poder pontificio, en otras palabras, sobre el Pontífice.
En consecuencia, la opinión verdadera es la quinta, que manifiesta que el Papa herético es cesado  por sí mismo como  Papa y cabeza, del mismo modo que deja de ser  cristiano y  miembro del cuerpo la Iglesia y por esta razón, podría ser juzgado y castigado por la Iglesia. Esta es la sentencia de todos los Padres antiguos que enseñan que los herejes manifiestos pierden inmediatamente toda jurisdicción, y esto es dicho de forma explícita por San Cipriano (lib. 4, Epist. 2), que dijo lo siguiente acerca de Novaciano, que fue el Papa [antipapa] durante el cisma que surgió bajo el pontificado de San Cornelio: “No había podido mantener el episcopado, y, si había podido ser nombrado obispo antes, se separó, por sí mismo del  cuerpo de los que eran, como él,  obispos, y de la unidad de la Iglesia “.
De acuerdo con la afirmación de San Cipriano en este pasaje, concediendo que Novaciano habría sido verdadero y legítimo Papa, habría caído de forma automática del pontificado al separarse de la Iglesia. 
Esta es la opinión de la mayoría de los grandes doctores más recientes, como Jean Driedo ( lib. 4 de Script. et dogmat. Eccles., cap. 2, par. 2, sent. 2 ) , que enseña que sólo se separan de la Iglesia los que son expulsados de ella por la excomunión o los que se van por sí mismos o  se oponen a ella como herejes o cismáticos. Y en esta séptima afirmación, sostiene que  absolutamente ningún poder espiritual de los que hay en la Iglesia  permanece en los que la abandonan. 
Melchor Cano dice lo mismo (lib. 4, de loc., Cap.2)  enseñando que los herejes no son miembros y no son parte de la Iglesia, y  ni siquiera puede imaginar que alguien pudiera ser su cabeza y  Papa, sin ser miembro, o  parte (cap. ult. ad argument. 12).Y  enseñaba, en primer lugar, con palabras sencillas, que los herejes ocultos siguen estando en la Iglesia, porque son miembros y forman parte de ella, y que por lo tanto, un Papa  ocultamente hereje sigue siendo Papa. Esta es también la opinión de otros autores que hemos citado en el libro De Ecclesia
Este argumento se funda en que el hereje manifiesto no es de ninguna manera  miembro de la Iglesia, es decir,  ni espiritual ni corporalmente, lo que significa que no es  miembro  por  unión interna, ni por unión externa. Los católicos, incluso los malos  son miembros de ella y están unidos a la Iglesia espiritualmente por la fe, y corporalmente por la confesión de la fe y por la participación en los sacramentos visibles. Los herejes ocultos están unidos  a ella sólo por unión externa y, por el contrario, los  buenos catecúmenos pertenecen a la Iglesia sólo por  unión interna, no por unión externa, pero los herejes manifiestos no están unidos  la Iglesia de ninguna manera, tal como lo hemos demostrado “.