El vicio de la Herejía, que según el Papa San Pío X, es el crimen que más gravemente ofende a Dios, aniquila, al igual que la Apostasía y el Cisma, la membresía a esta Iglesia. Por lo tanto, jamás puede ser reconocido como cabeza de la Iglesia (ni recibirá de Dios ese poder) aquel que ni es miembro:Papa Pablo IV, de la Bula Cum ex apostolatus officio, 15 de febrero de 1559: “Nro. 6. Agregamos, [por esta Nuestra Constitución, que debe seguir siendo válida a perpetuidad, Nos promulgamos, determinamos, decretamos y definimos:-] que si en algún tiempo aconteciese que un obispo, incluso en función de arzobispo, o de patriarca, o primado; o un cardenal, incluso en función de legado, o electo Pontífice Romano que antes de su promoción al cardenalato o asunción al pontificado, se hubiese desviado de la fe católica, o hubiese caído en herejía:(i) o lo hubiese suscitado o cometido, la promoción o asunción, incluso si ésta hubiera ocurrido con el acuerdo unánime de todos los Cardenales, es nula, inválida y sin ningún efecto; (ii) y de ningún modo puede considerarse que tal asunción haya adquirido validez, por aceptación del cargo y por su consagración, o por la subsiguiente posesión o cuasi posesión de gobierno y administración, o por la misma entronización o adoración del Pontífice Romano, o por la obediencia que todos le hayan prestado, cualquiera sea el tiempo transcurrido después de los supuestos antedichos. (iii) Tal asunción no será tenida por legítima en ninguna de sus partes, (…) (vi) los que así hubiesen sido promovidos y hubiesen asumido sus funciones, por esa misma razón y sin necesidad de hacer ninguna declaración ulterior, están privados de toda dignidad, lugar, honor, título, autoridad, función y poder, (…) Nro. 7.… séales lícito en consecuencia a todas y cada una de las personas subordinadas a los así promovidos y asumidos, si no se hubiesen apartado antes de la fe, ni hubiesen sido heréticos, ni hubiesen incurrido en cisma, o lo hubiesen suscitado o cometido:(i) tanto clérigos, seculares y religiosos, (ii) lo mismo que los laicos; (iii) los Cardenales, [etc.]… sustraerse en cualquier momento e impunemente de la obediencia y devoción de quienes fueron así promovidos o entraron en funciones, y evitarlos como si fuesen hechiceros, paganos, publicanos o heresiarcas, lo que no obsta que estas mismas personas hayan de prestar sin embargo estricta fidelidad y obediencia a los futuros obispos, arzobispos, patriarcas, primados, cardenales o al Romano Pontífice, canónicamente electo.Nro. 10. Por lo tanto, a hombre alguno sea lícito infringir esta página de Nuestra Aprobación, Innovación, Sanción, Estatuto, Derogación, Voluntades, Decretos, o por temeraria osadía, contradecirlos. Pero si alguien pretendiese intentarlo, sepa que habrá de incurrir en la indignación de Dios omnipotente y en la de sus santos Apóstoles Pedro y Pablo.Dado en Roma, junto a San Pedro, en el año de la Encarnación del Señor 1559, XVº anterior a las calendas de Marzo, año 4º de nuestro Pontificado.+ Yo, Pablo, Obispo de la Iglesia católica…”
Visto en:http://lapuertaangosta.blogspot.com/
El Papa Francisco se auto promocionó durante el Cónclave en el cual salió electo.Lo confesó en una entrevista pública,que hizo cabildeo o propaganda para que lo eligieran Papa.En conclusión,nunca ha sido Papa.
ResponderEliminarNo lo dudo de que nunca haya sido papa, al iugual de sus cinco antecesores, todos por herejes Modernistas.
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